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Artículo 11/IVA/N. Retencion del IVA por personas morales a personas fisicas

El SAT establece los supuestos en que las personas morales estan obligadas a retener las dos terceras partes del IVA que les sea trasladado por personas fisicas prestadoras de servicios o arrendadoras de bienes.

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Texto Legal

Criterio 11/IVA/N - Retencion de IVA por personas morales

Interpretacion normativa

El articulo 1-A, fracciones II y III de la Ley del IVA establece que las personas morales estan obligadas a retener el IVA en ciertos supuestos. El SAT interpreta que la retencion aplica de manera obligatoria y que su incumplimiento genera responsabilidad solidaria para la persona moral retenedora.

Fundamento legal

- Articulo 1-A de la Ley del IVA
- Articulo 3 del Reglamento de la Ley del IVA
- Regla 11.4.1 de la Resolucion Miscelanea Fiscal 2026

Supuestos de retencion

Las personas morales deben retener IVA en los siguientes casos: (1) Cuando adquieran bienes o servicios de personas fisicas: retencion de las dos terceras partes del IVA trasladado (10.6667%). (2) Cuando reciban servicios de autotransporte terrestre de bienes de personas fisicas o morales: retencion del 4%. (3) Cuando pongan personal a su disposicion (subcontratacion): retencion del 6%. (4) Comisionistas personas fisicas: retencion de las dos terceras partes.

Entero de retenciones

Las retenciones de IVA deben enterarse a mas tardar el dia 17 del mes siguiente a aquel en que se hubiera efectuado la retencion. El IVA retenido es acreditable para el retenedor en la declaracion del mes en que se haya enterado la retencion (no en el mes en que se retuvo). Para el prestador del servicio, el IVA retenido es acreditable en su declaracion del mes.

CFDI de retenciones

La persona moral que retenga IVA debe expedir un CFDI de retenciones e informacion de pagos al prestador del servicio, en el que conste el monto de la operacion, el IVA trasladado y el IVA retenido. Este CFDI debe emitirse a mas tardar en los primeros 20 dias del mes siguiente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

SDV Asesores: Las retenciones de IVA son una obligacion ineludible para las personas morales que contratan servicios de personas fisicas. El incumplimiento genera responsabilidad solidaria y multas. Es importante recordar que el IVA retenido solo es acreditable en el mes en que se entera, no en el que se retiene. Recomendamos implementar un control automatizado de retenciones que calcule, retenga y genere los CFDI de retenciones dentro de los plazos establecidos.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 11/IVA/N del CN SAT?

El SAT establece los supuestos en que las personas morales estan obligadas a retener las dos terceras partes del IVA que les sea trasladado por personas fisicas prestadoras de servicios o arrendadoras de bienes.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 11/IVA/N de la Criterios Normativos SAT?

SDV Asesores: Las retenciones de IVA son una obligacion ineludible para las personas morales que contratan servicios de personas fisicas. El incumplimiento genera responsabilidad solidaria y multas. Es importante recordar que el IVA retenido solo es acreditable en el mes en que se entera, no en el que se retiene. Recomendamos implementar un control automatizado de retenciones que calcule, retenga y genere los CFDI de retenciones dentro de los plazos establecidos.

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