CPEUM

Artículo 67. Sesiones extraordinarias del Congreso

El Congreso se reunira en sesiones extraordinarias cada vez que los convoque la Comision Permanente, ocupandose solo de los asuntos sometidos a su conocimiento.

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Texto Legal

Articulo 67 — Sesiones Extraordinarias

El Congreso o una sola de las Camaras, cuando se trate de asunto exclusivo de la misma, se reuniran en sesiones extraordinarias cada vez que los convoque para ese objeto la Comision Permanente; pero en ambos casos solo se ocuparan del asunto o asuntos que la propia Comision sometiese a su conocimiento.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Las sesiones extraordinarias pueden convocarse para aprobar reformas fiscales urgentes fuera de los periodos ordinarios. SDV monitorea estas convocatorias que pueden resultar en cambios tributarios inesperados con impacto inmediato en los contribuyentes.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 67 del CPEUM?

El Congreso se reunira en sesiones extraordinarias cada vez que los convoque la Comision Permanente, ocupandose solo de los asuntos sometidos a su conocimiento.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 67 de la Constitucion Politica?

Las sesiones extraordinarias pueden convocarse para aprobar reformas fiscales urgentes fuera de los periodos ordinarios. SDV monitorea estas convocatorias que pueden resultar en cambios tributarios inesperados con impacto inmediato en los contribuyentes.

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