CPEUM

Artículo 48. Jurisdiccion federal sobre islas y espacios

Las islas, cayos, arrecifes, plataforma continental, mares territoriales y espacio aereo dependeran directamente del Gobierno de la Federacion.

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Texto Legal

Articulo 48 — Jurisdiccion Federal

Las islas, los cayos y arrecifes de los mares adyacentes que pertenezcan al territorio nacional, la plataforma continental, los zocalos submarinos de las islas, los mares territoriales, las aguas maritimas interiores y el espacio situado sobre el territorio nacional, dependeran directamente del Gobierno de la Federacion, con excepcion de aquellas islas sobre las que hasta la fecha hayan ejercido jurisdiccion los Estados.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

La jurisdiccion federal sobre islas y espacios maritimos determina que las actividades economicas en estas zonas tributan bajo legislacion federal exclusivamente. SDV asesora a empresas con operaciones maritimas o insulares sobre sus obligaciones fiscales federales.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 48 del CPEUM?

Las islas, cayos, arrecifes, plataforma continental, mares territoriales y espacio aereo dependeran directamente del Gobierno de la Federacion.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 48 de la Constitucion Politica?

La jurisdiccion federal sobre islas y espacios maritimos determina que las actividades economicas en estas zonas tributan bajo legislacion federal exclusivamente. SDV asesora a empresas con operaciones maritimas o insulares sobre sus obligaciones fiscales federales.

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