Los extranjeros gozaran de los derechos humanos y garantias de la Constitucion. El Ejecutivo puede expulsar a extranjeros cuya permanencia juzgue inconveniente, previa audiencia.
Son personas extranjeras las que no posean las calidades determinadas en el articulo 30 constitucional y gozaran de los derechos humanos y garantias que reconoce esta Constitucion.
El Ejecutivo de la Union, previa audiencia, podra expulsar del territorio nacional a personas extranjeras con fundamento en la ley, la cual regulara el procedimiento administrativo, asi como el lugar y tiempo que dure la detencion.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Los derechos de los extranjeros en Mexico incluyen obligaciones fiscales como residentes o como fuente de riqueza. SDV asesora a extranjeros que realizan actividades economicas en Mexico sobre su estatus de residencia fiscal y las obligaciones tributarias que de ello derivan.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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