CPEUM

Artículo 135. Reformas a la Constitucion

La Constitucion puede ser adicionada o reformada. Se requiere que el Congreso de la Union, por voto de las dos terceras partes, acuerde las reformas y que estas sean aprobadas por la mayoria de las legislaturas de los estados.

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Texto Legal

Articulo 135 — Procedimiento de Reforma Constitucional

La presente Constitucion puede ser adicionada o reformada. Para que las adiciones o reformas lleguen a ser parte de la misma, se requiere que el Congreso de la Union, por el voto de las dos terceras partes de los individuos presentes, acuerde las reformas o adiciones, y que estas sean aprobadas por la mayoria de las legislaturas de los Estados y de la Ciudad de Mexico.

El Congreso de la Union o la Comision Permanente en su caso, haran el computo de los votos de las Legislaturas y la declaracion de haber sido aprobadas las adiciones o reformas.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Las reformas constitucionales en materia fiscal (como la prohibicion de condonaciones del art. 28, o la prision preventiva por delitos fiscales del art. 19) requieren este procedimiento reforzado. Entender este proceso es importante porque las reformas constitucionales no pueden ser impugnadas mediante amparo, a diferencia de las leyes ordinarias.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 135 del CPEUM?

La Constitucion puede ser adicionada o reformada. Se requiere que el Congreso de la Union, por voto de las dos terceras partes, acuerde las reformas y que estas sean aprobadas por la mayoria de las legislaturas de los estados.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 135 de la Constitucion Politica?

Las reformas constitucionales en materia fiscal (como la prohibicion de condonaciones del art. 28, o la prision preventiva por delitos fiscales del art. 19) requieren este procedimiento reforzado. Entender este proceso es importante porque las reformas constitucionales no pueden ser impugnadas mediante amparo, a diferencia de las leyes ordinarias.

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