CPEUM

Artículo 119. Cooperacion entre la Federacion y los estados

Los Poderes de la Union tienen la obligacion de proteger a las entidades federativas contra invasion o violencia exterior. Cada entidad federativa esta obligada a entregar sin demora a los procesados de otra entidad.

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Texto Legal

Articulo 119 — Cooperacion Federal-Estatal

Los Poderes de la Union tienen la obligacion de proteger a las entidades federativas contra toda invasion o violencia exterior. En cada caso de sublevacion o trastorno interior, les prestaran igual proteccion, siempre que sean excitados por la Legislatura de la entidad federativa o por su Ejecutivo, si aquella no estuviere reunida.

Cada entidad federativa esta obligada a entregar sin demora a los imputados o sentenciados, asi como a practicar el aseguramiento y entrega de objetos, instrumentos o productos del delito, atendiendo a la autoridad de cualquier otra que los requiera.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

La cooperacion entre la Federacion y los estados incluye el intercambio de informacion fiscal. SDV considera esta cooperacion al evaluar los riesgos de fiscalizacion coordinada cuando un contribuyente tiene obligaciones tributarias en multiples niveles de gobierno.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 119 del CPEUM?

Los Poderes de la Union tienen la obligacion de proteger a las entidades federativas contra invasion o violencia exterior. Cada entidad federativa esta obligada a entregar sin demora a los procesados de otra entidad.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 119 de la Constitucion Politica?

La cooperacion entre la Federacion y los estados incluye el intercambio de informacion fiscal. SDV considera esta cooperacion al evaluar los riesgos de fiscalizacion coordinada cuando un contribuyente tiene obligaciones tributarias en multiples niveles de gobierno.

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