La Defensoría del Pueblo es autónoma y debe ser colaborada por los órganos públicos. Su titular es elegido por el Congreso y tiene inmunidad similar a la de los congresistas.
a Defensoría del Pueblo es autónoma. Los órganos públicos están obligados a colaborar con la Defensoría del Pueblo cuando ésta lo requiere. Su estructura, en el ámbito nacional, se establece por ley orgánica. El Defensor del Pueblo es elegido y removido por el Congreso con el voto de los dos tercios de su número legal. Goza de la misma inmunidad y de las mismas prerrogativas de los congresistas. Para ser elegido Defensor del Pueblo se requiere haber cumplido treinta y cinco años de edad y ser abogado. El cargo dura cinco años y no está sujeto a mandato imperativo. Tiene las mismas incompatibilidades que los vocales supremos.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
La autonomia de la Defensoría del Pueblo permite que actue en defensa de los derechos ciudadanos sin interferencias, lo que es vital para la protección de tus derechos.
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