El proyecto de presupuesto del Ministerio Público es aprobado por la Junta de Fiscales Supremos y presentado ante el Poder Ejecutivo y el Congreso. Esto asegura la transparencia en su financiamiento.
l proyecto de presupuesto del Ministerio Público se aprueba por la Junta de Fiscales Supremos. Se presenta ante el Poder Ejecutivo y se sustenta en esa instancia y en el Congreso. CAPITULO XI DE LA DEFENSORIA DEL PUEBLO
Interpretación práctica por el equipo de SDV
La aprobacion del presupuesto es crucial para que el Ministerio Público cuente con los recursos necesarios para cumplir sus funciones, afectando su capacidad operativa.
Anterior
Art. 159 C. Funciones del Ministerio Público
Siguiente
Art. 161 L. Autonomia de la Defensoria del Pueblo
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
Consulta Sin Costo