Se sanciona a quienes incumplan con la obligación de llevar libros y registros contables, así como a quienes realicen anotaciones falsas. Las penas incluyen prisión y multas.
del Decreto Legislativo N° 1315, publicado el 31.12.2016 y vigente desde el 1.1.2017 de acuerdo con su Única Disposición Complementaria Final). TEXTO ANTERIOR − No proporcionar o comunicar a la Administración Tributaria, en las condiciones que ésta establezca, las informaciones relativas a hechos susceptibles de generar obligaciones tributarias que tenga en conocimiento en el ejercicio de la función notarial o pública. − Impedir que funcionarios de la Administración Tributaria Numeral 16 0.6% de los IN efectúen inspecciones, tomas de inventario de bienes, o (10) controlen su ejecución, la comprobación física y valuación; y/o no permitir que se practiquen arqueos de caja, valores, documentos y control de ingresos, así como no permitir y/o no facilitar la inspección o el control de los medios de transporte. − Impedir u obstaculizar la inmovilización o incautación no Numeral 17 0.6% de los IN permitiendo el ingreso de los funcionarios de la (10) Administración Tributaria al local o al establecimiento o a la oficina de profesionales independientes. − No facilitar el acceso a los contadores manuales, Numeral 18 Cierre electrónicos y/o mecánicos de las máquinas (17) tragamonedas, no permitir la instalación de soportes informáticos que faciliten el control de ingresos de máquinas tragamonedas; o no proporcionar la información necesaria para verificar el funcionamiento de los mismos. − No permitir la instalación de sistemas informáticos, Numeral 19 0.3% de los IN equipos u otros medios proporcionados por la SUNAT para (11) el control tributario. − No facilitar el acceso a los sistemas informáticos, equipos Numeral 20 0.3% de los IN u otros medios proporcionados por la SUNAT para el (11) control tributario. − No implementar, las empresas que explotan juegos de Numeral 21 Cierre o Comiso casino y/o máquinas tragamonedas, el Sistema Unificado (18) en Tiempo Real o implementar un sistema que no reúne las características técnicas establecidas por SUNAT. − No cumplir con las disposiciones sobre actividades Numeral 22 0.2% de los IN artísticas o vinculadas a espectáculos públicos. (13) o cierre (19) Infracciones Referencia Sanción − No proporcionar la información solicitada con ocasión de Numeral 23 50% de la UIT la ejecución del embargo en forma de retención a que se refiere el numeral 4 del artículo 118° del presente Código Tributario. − No exhibir en un lugar visible de la unidad de explotación Numeral 24 donde los sujetos acogidos al Nuevo Régimen Único Simplificado desarrollen sus actividades, los emblemas y/o signos distintivos proporcionados por la SUNAT así como el comprobante de información registrada y las constancias de pago. - Item derogado por la Única Disposición Complementaria Derogatoria del Decreto Legislativo N° 1311, publicado el 30.12.2016 y vigente desde el 31.12.2016. TEXTO ANTERIOR Numeral 25 0.6% de − No exhibir o no presentar el Estudio Técnico que los IN respalde el cálculo de precios de transferencia (10) (20) conforme a ley. − No entregar los Certificados o Constancias d e retención o Numeral 26 30% de la UIT percepción de tributos así como el certificado de rentas y retenciones, según corresponda, de acuerdo a lo dispuesto en las normas tributarias. Infracciones Referencia Sanción - No exhibir o no presentar la documentación e Numeral 27 0.6% de los IN información a que hace referencia el inciso g) del artículo (10) (20) 32-A de la Ley del Impuesto a la Renta o, de ser el caso, su traducción al castellano; que, entre otros, respalde las declaraciones juradas informativas Reporte Local, Reporte Maestro y/o Reporte País por País; o no exhibir o no presentar la documentación que respalde otras declaraciones informativas para el cumplimiento de la asistencia administrativa mutua en materia tributaria o información del beneficiario final a las que se refiere el numeral 15.3 del inciso 15 del artículo 87 del presente Código Tributario o que sustenten el cumplimiento de los procedimientos de debida diligencia, en la for
Interpretación práctica por el equipo de SDV
No llevar adecuadamente los registros contables puede resultar en sanciones penales y multas, lo que puede afectar la viabilidad de su negocio y su relación con la autoridad fiscal.
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