Establece los casos en que se requiere autorizacion especial para que el Ministerio Publico proceda a la investigacion, como en delitos contra servidores publicos.
Establece los casos en que se requiere autorizacion especial para que el Ministerio Publico proceda a la investigacion, como en delitos contra servidores publicos.
Este articulo regula aspectos esenciales del procedimiento penal acusatorio mexicano en relacion con las facultades y obligaciones del Ministerio Publico en la investigacion. Su aplicacion es obligatoria en todos los procedimientos penales tanto del fuero federal como del fuero comun, conforme al sistema de justicia penal establecido por la reforma constitucional de 2008.
Las disposiciones de este articulo deben interpretarse de conformidad con los principios constitucionales del sistema acusatorio adversarial y con los tratados internacionales de derechos humanos de los que Mexico es parte. El organo jurisdiccional, el Ministerio Publico y las partes estan obligados a observar las reglas aqui establecidas, garantizando el debido proceso y la tutela judicial efectiva.
En la practica del litigio penal, este articulo cobra importancia porque establece reglas claras que deben observarse para garantizar la legalidad del procedimiento. Su inobservancia puede dar lugar a la nulidad de actuaciones, la exclusion de pruebas o la reposicion del procedimiento, segun la gravedad de la violacion.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
En ciertos delitos se requiere autorizacion especial para que el MP proceda, como los delitos fiscales que requieren querella de la SHCP. SDV Asesores destaca que es esencial conocer los requisitos de procedibilidad aplicables a cada tipo de delito antes de presentar la denuncia, para evitar que la investigacion sea desechada por falta de un requisito formal.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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