CNPCF

Artículo 808. Practicado el inventario y avalúos por el albacea en...

Practicado el inventario y avalúos por el albacea en cualesquiera de las sucesiones y estando conformes con él todos los herederos, lo presentarán a la Notaria o Notario Público para su protocolización acompañando los documentos que acrediten la propiedad o titularidad de los bienes inventariados.

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Texto Legal

Practicado el inventario y avalúos por el albacea en cualesquiera de las sucesiones y
estando conformes con él todos los herederos, lo presentarán a la Notaria o Notario Público para su
protocolización acompañando los documentos que acrediten la propiedad o titularidad de los bienes
inventariados.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 808 del CNPCF?

Practicado el inventario y avalúos por el albacea en cualesquiera de las sucesiones y estando conformes con él todos los herederos, lo presentarán a la Notaria o Notario Público para su protocolización acompañando los documentos que acrediten la propiedad o titularidad de los bienes inventariados.

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