CNPCF

Artículo 766. Presentado el proyecto, se pondrá a la vista de las...

Presentado el proyecto, se pondrá a la vista de las personas interesadas por cinco días, citándose mediante notificación personal en términos de lo dispuesto en este Código Nacional. Si están conformes o nada exponen dentro del término de la vista, lo aprobará la autoridad jurisdiccional y...

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Texto Legal

Presentado el proyecto, se pondrá a la vista de las personas interesadas por cinco días,
citándose mediante notificación personal en términos de lo dispuesto en este Código Nacional.
Si están conformes o nada exponen dentro del término de la vista, lo aprobará la autoridad
jurisdiccional y mandará abonar a cada quien la porción que le corresponda.
La inconformidad expresa se substanciará en forma incidental, el incidente se desahogará y resolverá
en una sola audiencia oral a la que se citará a las partes, dentro de los cinco días siguientes. Dicha
resolución será apelable en efecto devolutivo.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 766 del CNPCF?

Presentado el proyecto, se pondrá a la vista de las personas interesadas por cinco días, citándose mediante notificación personal en términos de lo dispuesto en este Código Nacional. Si están conformes o nada exponen dentro del término de la vista, lo aprobará la autoridad jurisdiccional y...

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