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Artículo 648. Una vez reunidos los requisitos señalados por la ley...

Una vez reunidos los requisitos señalados por la ley sustantiva para la Adopción, se proveerá respecto de los medios de prueba ofertados y se fijará fecha y hora dentro de los siguientes quince días para el desahogo de la comparecencia de la persona que se pretende adoptar, ello a efecto de que...

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Texto Legal

Una vez reunidos los requisitos señalados por la ley sustantiva para la Adopción, se
proveerá respecto de los medios de prueba ofertados y se fijará fecha y hora dentro de los siguientes
quince días para el desahogo de la comparecencia de la persona que se pretende adoptar, ello a efecto
de que sea escuchada su opinión y su sentir respecto del trámite pretendido.
Dentro de los cinco días hábiles siguientes al desahogo de la comparecencia señalada en el párrafo
que antecede, se fijarán fecha y hora para el desahogo de una audiencia especial en la que la o las
personas promoventes podrán expresar alegatos, se desahogarán los medios de prueba que fueron

admitidos y se dictará de manera oral la sentencia, en la que se incluirá la modalidad del seguimiento de
la adopción.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 648 del CNPCF?

Una vez reunidos los requisitos señalados por la ley sustantiva para la Adopción, se proveerá respecto de los medios de prueba ofertados y se fijará fecha y hora dentro de los siguientes quince días para el desahogo de la comparecencia de la persona que se pretende adoptar, ello a efecto de que...

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