CNPCF

Artículo 319. Son documentos privados los que otorgan personas...

Son documentos privados los que otorgan personas particulares sin intervención de Notario Público u otra persona funcionaria dotado de fe pública, o legalmente autorizado para certificar tal documento. También se consideran documentos privados, aquellos que provengan de personas terceras y que...

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Texto Legal

Son documentos privados los que otorgan personas particulares sin intervención de
Notario Público u otra persona funcionaria dotado de fe pública, o legalmente autorizado para certificar tal
documento.
También se consideran documentos privados, aquellos que provengan de personas terceras y que
este Código Nacional no reconozca como documentos públicos.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 319 del CNPCF?

Son documentos privados los que otorgan personas particulares sin intervención de Notario Público u otra persona funcionaria dotado de fe pública, o legalmente autorizado para certificar tal documento. También se consideran documentos privados, aquellos que provengan de personas terceras y que...

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