CPF

Artículo 98. Prescripcion en delitos continuados

Establece las reglas especiales de prescripcion para delitos continuados y permanentes, contando el plazo desde la cesacion de la conducta.

extincionprescripcionperdonamnistiaresponsabilidad penal

Texto Legal

Articulo 98 — Prescripcion en delitos continuados

Establece las reglas especiales de prescripcion para delitos continuados y permanentes, contando el plazo desde la cesacion de la conducta.

Elementos del tipo penal

Este articulo del Codigo Penal Federal establece las conductas tipificadas y las sanciones correspondientes. Para la configuracion del delito se requiere la acreditacion de todos los elementos del tipo penal: la conducta, la tipicidad, la antijuridicidad y la culpabilidad del agente. La ausencia de cualquiera de estos elementos impide la configuracion del ilicito.

Penalidad y consecuencias

Las penas previstas en este articulo se aplican conforme a las reglas de individualizacion del articulo 52 del CPF, considerando la gravedad del ilicito, el grado de culpabilidad del agente y las circunstancias de ejecucion. El juzgador debera ponderar las circunstancias atenuantes y agravantes para fijar la pena dentro de los limites legales.

Aplicacion practica

En la practica forense, este articulo se aplica conforme al sistema penal acusatorio establecido por el CNPP. La acreditacion del tipo penal requiere que el Ministerio Publico presente datos de prueba suficientes para establecer la existencia del hecho delictivo y la probable participacion del imputado, garantizando en todo momento los derechos fundamentales del acusado.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Para SDV Asesores, la prescripcion en delitos continuados se computa desde la realizacion del ultimo acto delictivo. Esto significa que si la conducta delictiva se prolonga en el tiempo (como en la defraudacion fiscal por omision reiterada), el plazo de prescripcion no comienza sino hasta que cesa la conducta. La defensa debe analizar la temporalidad de los hechos para determinar si la accion penal ha prescrito.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 98 del CPF?

Establece las reglas especiales de prescripcion para delitos continuados y permanentes, contando el plazo desde la cesacion de la conducta.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 98 de la Codigo Penal Federal?

Para SDV Asesores, la prescripcion en delitos continuados se computa desde la realizacion del ultimo acto delictivo. Esto significa que si la conducta delictiva se prolonga en el tiempo (como en la defraudacion fiscal por omision reiterada), el plazo de prescripcion no comienza sino hasta que cesa la conducta. La defensa debe analizar la temporalidad de los hechos para determinar si la accion penal ha prescrito.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 98 del CPF?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 98 CPF desde tu celular