CP

Artículo 184. Inhabilitacion en delitos patrimoniales

El juez puede imponer la inhabilitacion como pena principal en delitos patrimoniales. Esto incluye la suspension y extincion de la patria potestad en ciertos casos, afectando directamente la responsabilidad parental.

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Texto Legal

A.- Inhabilitación El juez impone como pena principal la inhabilitación prevista en el artículo 36 del presente Código, según corresponda. En los delitos comprendidos en los capítulos IX, X y XI del presente título, el juzgado penal aplica, de oficio o a pedido de parte, la suspensión y extinción de la patria potestad conforme con los artículos 75 y 77 del Código de los Niños y Adolescentes, según corresponda al momento procesal. Artículo incorporado por la Ley 30838 , publicada el 4 de agosto de 2018 (link: bit.ly/3rTMhBE ). TÍTULO V: DELITOS CONTRA EL PATRIMONIO CAPÍTULO I: HURTO

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Si se impone la inhabilitacion, podrías perder derechos sobre tus hijos, lo que afectaria tu relacion familiar y tus responsabilidades como padre.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 184 del CP?

El juez puede imponer la inhabilitacion como pena principal en delitos patrimoniales. Esto incluye la suspension y extincion de la patria potestad en ciertos casos, afectando directamente la responsabilidad parental.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 184 de la CP?

Si se impone la inhabilitacion, podrías perder derechos sobre tus hijos, lo que afectaria tu relacion familiar y tus responsabilidades como padre.

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