Actos realizados con violacion de derechos humanos son nulos, insanables e inconvalidables. Organo militar debe declarar nulidad de oficio o a peticion cuando advierte incumplimiento de formalidades.
Principio general Cualquier acto realizado con violación de derechos humanos será nulo y no podrá ser saneado, ni convalidado y su nulidad deberá ser declarada de oficio por el Órgano jurisdiccional militar al momento de advertirla o a petición de parte en cualquier momento.
Los actos ejecutados en contravención de las formalidades previstas en este Código podrán ser declarados nulos, salvo que el defecto haya sido saneado o convalidado, de acuerdo con lo señalado en el presente Capítulo.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Articulo clave: violaciones de derechos humanos son irremedibles y deben anularse de oficio. Cualquier defensa debe detectar y denunciar estos vicios inmediatamente; protege derechos fundamentales.
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