CMPP

Artículo 84. Notificacion por medios electronicos y correo certificado

Notificacion electronica surte efecto el mismo dia de confirmacion de recepcion. Correo certificado produce efecto desde el dia habil siguiente al de recepcion.

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Texto Legal

Forma especial de notificación La notificación realizada por medios electrónicos surtirá efecto el mismo día a aquel en que por sistema se confirme que recibió el archivo electrónico correspondiente.

Asimismo, podrá notificarse mediante otros sistemas autorizados en la ley de la materia, siempre que no causen indefensión. También podrá notificarse por correo certificado y el plazo correrá a partir del día siguiente hábil en que fue recibida la notificación.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Diferencia importante: correo electronico produce efecto inmediato con confirmacion, pero correo certificado requiere espera al dia habil siguiente. Planifique tiempos segun el medio usado.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 84 del CMPP?

Notificacion electronica surte efecto el mismo dia de confirmacion de recepcion. Correo certificado produce efecto desde el dia habil siguiente al de recepcion.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 84 de la CÓDIGO Militar de Procedimientos Penales?

Diferencia importante: correo electronico produce efecto inmediato con confirmacion, pero correo certificado requiere espera al dia habil siguiente. Planifique tiempos segun el medio usado.

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