El juez puede aclarar terminos oscuros, ambiguos o contradictorios en resoluciones, de oficio o a peticion, sin modificar el sentido. Las partes pueden solicitar aclaracion hasta tres dias despues de notificada.
Aclaración En cualquier momento, el Órgano jurisdiccional militar, de oficio o a petición de parte, podrá aclarar los términos oscuros, ambiguos o contradictorios en que estén emitidas las resoluciones judiciales, siempre que tales aclaraciones no impliquen una modificación o alteración del sentido de la resolución.
En la misma audiencia, después de dictada la resolución y hasta dentro de los tres días posteriores a la notificación, las partes podrán solicitar su aclaración, la cual, si procede, deberá efectuarse dentro de las veinticuatro horas siguientes. La solicitud suspenderá el término para interponer los recursos que procedan.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Permite corregir errores de redaccion sin abrir la cuestion de fondo. Las solicitudes de aclaracion suspenden plazos para otros recursos, siendo herramienta util para ganar tiempo mientras se prepara apelacion.
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