CMPP

Artículo 6. Principio de contradiccion entre partes

Las partes pueden conocer, controvertir y confrontar pruebas, oponiendose a peticiones y alegatos de la contraparte. Garantiza equilibrio entre acusacion y defensa.

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Texto Legal

Principio de contradicción Las partes podrán conocer, controvertir o confrontar los medios de prueba, así como oponerse a las peticiones y alegatos de la otra parte, salvo lo previsto en este Código.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Disposicion procesal clave; cualquier prueba presentada sin oportunidad de contradiccion puede ser impugnada como violatoria de debido proceso. Defensores deben activamente ejercer este derecho en cada desahogo probatorio.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 6 del CMPP?

Las partes pueden conocer, controvertir y confrontar pruebas, oponiendose a peticiones y alegatos de la contraparte. Garantiza equilibrio entre acusacion y defensa.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 6 de la CÓDIGO Militar de Procedimientos Penales?

Disposicion procesal clave; cualquier prueba presentada sin oportunidad de contradiccion puede ser impugnada como violatoria de debido proceso. Defensores deben activamente ejercer este derecho en cada desahogo probatorio.

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