CMPP

Artículo 46. Tiempo de realizacion de actos procesales

Los actos procesales pueden realizarse en cualquier dia y hora sin previa habilitacion. Se registran lugar, hora y fecha, siendo su omision no invalidante si se determina la fecha por otros datos.

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Texto Legal

Tiempo Los actos procesales podrán ser realizados en cualquier día y a cualquier hora, sin necesidad de previa habilitación. Se registrará el lugar, la hora y la fecha en que se cumplan. La omisión de estos datos no hará nulo el acto, salvo que no pueda determinarse, de acuerdo con los datos del registro u otros conexos, la fecha en que se realizó.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Esta disposicion otorga flexibilidad temporal al proceso militar. Los asesores deben exigir registros precisos de todas las actuaciones para evitar cuestionamientos posteriores sobre oportunidad temporal o prescripcion.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 46 del CMPP?

Los actos procesales pueden realizarse en cualquier dia y hora sin previa habilitacion. Se registran lugar, hora y fecha, siendo su omision no invalidante si se determina la fecha por otros datos.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 46 de la CÓDIGO Militar de Procedimientos Penales?

Esta disposicion otorga flexibilidad temporal al proceso militar. Los asesores deben exigir registros precisos de todas las actuaciones para evitar cuestionamientos posteriores sobre oportunidad temporal o prescripcion.

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