CMPP

Artículo 419. Agravio en recursos

Limita el derecho a recurrir a quienes resulten afectados por la resolucion sin haber contribuido a provocar el agravio, requiriendo sustentacion en la afectacion causada.

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Texto Legal

Agravio Las partes sólo podrán impugnar las decisiones judiciales que pudieran causarles agravio, siempre que no hayan contribuido a provocarlo.

El recurso deberá sustentarse en la afectación que causa el acto impugnado, así como en los motivos que originaron ese agravio.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Una parte no puede impugnar una resolucion si ella misma la provoco o contribuyo a causarla. El recurso debe argumentar especificamente como le afecta la resolucion, no solo presentar desacuerdo general.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 419 del CMPP?

Limita el derecho a recurrir a quienes resulten afectados por la resolucion sin haber contribuido a provocar el agravio, requiriendo sustentacion en la afectacion causada.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 419 de la CÓDIGO Militar de Procedimientos Penales?

Una parte no puede impugnar una resolucion si ella misma la provoco o contribuyo a causarla. El recurso debe argumentar especificamente como le afecta la resolucion, no solo presentar desacuerdo general.

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