CMPP

Artículo 392. Orden de recepcion de pruebas

Establece que cada parte determina el orden de desahogo de sus pruebas, con prioridad: primero Ministerio Publico, luego victima u ofendido, finalmente defensa.

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Texto Legal

Orden de recepción de las pruebas en la audiencia de juicio

CÓDIGO MILITAR DE PROCEDIMIENTOS PENALES CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 14-11-2025 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios

Cada parte determinará el orden en que desahogará sus medios de prueba. Corresponde recibir primero los medios de prueba admitidos al Ministerio Público, posteriormente los de la víctima u ofendido del delito y finalmente los de la defensa.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

El orden de presentacion de prueba es estrategico. La defensa, al presentar ultima, puede refutar lo dicho antes, pero debe prepararse para contrarguir a la acusacion desde el inicio del debate.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 392 del CMPP?

Establece que cada parte determina el orden de desahogo de sus pruebas, con prioridad: primero Ministerio Publico, luego victima u ofendido, finalmente defensa.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 392 de la CÓDIGO Militar de Procedimientos Penales?

El orden de presentacion de prueba es estrategico. La defensa, al presentar ultima, puede refutar lo dicho antes, pero debe prepararse para contrarguir a la acusacion desde el inicio del debate.

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