CMPP

Artículo 36. Excusa de jueces

El artículo detalla el procedimiento que debe seguir un juez o magistrado militar al advertir un impedimento. Se establece que debe separarse del asunto y remitir los registros al Tribunal Superior Militar.

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Texto Legal

Excusa Cuando un Juez o Magistrado Militar advierta que se actualiza alguna de las causas de impedimento, se declarará separado del asunto sin audiencia de las partes y remitirá los registros al Tribunal Superior Militar, para que resuelva sobre la procedencia de la excusa y en su caso determine quién debe seguir conociendo del mismo.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Los abogados deben estar atentos a la declaración de excusas para asegurar que se sigan los procedimientos adecuados. Esto puede influir en la estrategia de defensa.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 36 del CMPP?

El artículo detalla el procedimiento que debe seguir un juez o magistrado militar al advertir un impedimento. Se establece que debe separarse del asunto y remitir los registros al Tribunal Superior Militar.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 36 de la CÓDIGO Militar de Procedimientos Penales?

Los abogados deben estar atentos a la declaración de excusas para asegurar que se sigan los procedimientos adecuados. Esto puede influir en la estrategia de defensa.

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