CMPP

Artículo 303. Audiencia inicial

En la audiencia inicial se informan los derechos del imputado y se realiza el control de legalidad de la detención. También se formula la imputación y se resuelven solicitudes de medidas cautelares.

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Texto Legal

Audiencia inicial En la audiencia inicial se informará a la persona militar imputada sus derechos constitucionales y legales, si no se le hubiese informado de los mismos con anterioridad, se realizará el control de legalidad de la detención si correspondiere, se formulará la imputación, se dará la oportunidad de declarar a la persona militar imputada, se resolverá sobre las solicitudes de vinculación a proceso y medidas cautelares y se definirá el plazo para el cierre de la investigación.

En caso de que el Ministerio Público, la víctima o persona ofendida solicite la procedencia de una medida cautelar, dicha cuestión deberá ser resuelta antes de que se dicte la suspensión de la audiencia inicial.

A esta audiencia deberá concurrir el Ministerio Público, la persona militar imputada y la persona defensora. La víctima o persona ofendida o su Asesor jurídico, podrán asistir si así lo desean, pero su presencia no será requisito de validez de la audiencia. Artículo reformado DOF 16-07-2025

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

La audiencia inicial es un momento clave para establecer la estrategia de defensa. Es crucial que el imputado comprenda sus derechos y que la defensa esté lista para actuar.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 303 del CMPP?

En la audiencia inicial se informan los derechos del imputado y se realiza el control de legalidad de la detención. También se formula la imputación y se resuelven solicitudes de medidas cautelares.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 303 de la CÓDIGO Militar de Procedimientos Penales?

La audiencia inicial es un momento clave para establecer la estrategia de defensa. Es crucial que el imputado comprenda sus derechos y que la defensa esté lista para actuar.

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