Se detalla el procedimiento para solicitar el desahogo de prueba anticipada, desde la denuncia hasta la audiencia de juicio oral. El órgano jurisdiccional militar deberá valorar la urgencia de la solicitud.
Procedimiento para prueba anticipada La solicitud de desahogo de prueba anticipada podrá plantearse desde que se presenta la denuncia, querella o equivalente y hasta antes de que dé inicio la audiencia de juicio oral.
CÓDIGO MILITAR DE PROCEDIMIENTOS PENALES CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 14-11-2025 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios
Cuando se solicite el desahogo de una prueba en forma anticipada, el Órgano jurisdiccional militar citará a audiencia a todas aquellas personas que tuvieren derecho a asistir a la audiencia de juicio oral y luego de escucharlos valorará la posibilidad de que la prueba por anticipar no pueda ser desahogada en la audiencia de juicio oral, sin grave riesgo de pérdida por la demora y, en su caso, admitirá y desahogará la prueba en el mismo acto otorgando a las partes todas las facultades previstas para su participación en la audiencia de juicio oral.
La persona militar imputada que estuviere detenida será trasladada a la sala de audiencias para que se imponga en forma personal, por teleconferencia o cualquier otro medio de comunicación, de la práctica de la diligencia.
En caso de que todavía no exista persona militar imputada identificada se designará una persona defensora de oficio militar para que intervenga en la audiencia. Artículo reformado DOF 16-07-2025
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Es importante que los abogados conozcan los plazos y procedimientos para solicitar pruebas anticipadas, ya que esto puede influir en el resultado del juicio.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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