CMPP

Artículo 298. Deber de secreto en intervenciones

Impone obligacion de mantener confidencialidad sobre el contenido de las intervenciones de comunicaciones privadas a todos los participantes.

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Texto Legal

Deber de secrecía Quienes participen en alguna intervención de comunicaciones privadas deberán observar el deber de secrecía sobre el contenido de las mismas.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Este deber de secreto es fundamental pero poco exigible. Los abogados deben tomar precauciones para que informacion de intervenciones no se divulgue prematuramente, especialmente considerando que muchos actores tienen acceso.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 298 del CMPP?

Impone obligacion de mantener confidencialidad sobre el contenido de las intervenciones de comunicaciones privadas a todos los participantes.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 298 de la CÓDIGO Militar de Procedimientos Penales?

Este deber de secreto es fundamental pero poco exigible. Los abogados deben tomar precauciones para que informacion de intervenciones no se divulgue prematuramente, especialmente considerando que muchos actores tienen acceso.

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