Establece el procedimiento cuando el Juez de Control niega una orden de cateo, permitiendo al Ministerio Publico subsanar deficiencias o apelar la decision en plazo maximo de doce horas.
Negativa del cateo En caso de que el Juez de control niegue la orden, el Ministerio Público podrá subsanar las deficiencias y solicitar nuevamente la orden o podrá apelar la decisión. En este caso la apelación debe ser resuelta en un plazo no mayor de doce horas a partir de que se interponga.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Este articulo es relevante para contadores que enfrentan investigaciones fiscales militares, ya que permite impugnar negativas de cateo rapidamente. La apelacion debe resolverse en 12 horas, lo que demanda respuestas inmediatas del equipo legal.
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Art. 279. Contenido orden judicial de cateo
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Art. 281. Medidas de vigilancia previas al cateo
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