CMPP

Artículo 228. Custodia de bienes asegurados

Este articulo establece que los bienes asegurados deben continuar bajo custodia de la autoridad designada y prohíbe a los propietarios realizar actos de dominio sobre ellos. Se asegura que los bienes sean administrados adecuadamente durante el proceso penal.

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Texto Legal

Custodia y disposición de los bienes asegurados Cuando los bienes que se aseguren hayan sido previamente embargados, intervenidos, secuestrados o asegurados, se notificará el nuevo aseguramiento a las autoridades que hayan ordenado dichos actos. Los bienes continuarán en custodia de quien se haya designado para ese fin, y a disposición del Órgano jurisdiccional militar o del Ministerio Público para los efectos del procedimiento penal. De levantarse el embargo, intervención, secuestro o aseguramiento previos, quien los tenga bajo su custodia, los entregará a la autoridad competente para efectos de su administración.

Sobre los bienes asegurados no podrán ejercerse actos de dominio por sus propietarios, depositarios, interventores o administradores, durante el tiempo que dure el aseguramiento en el procedimiento penal, salvo los casos expresamente señalados por las disposiciones aplicables.

El aseguramiento no implica modificación alguna a los gravámenes o limitaciones de dominio existentes con anterioridad sobre los bienes.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Es importante que los abogados informen a sus clientes sobre la prohibición de actos de dominio. Esto ayuda a evitar complicaciones legales durante el procedimiento.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 228 del CMPP?

Este articulo establece que los bienes asegurados deben continuar bajo custodia de la autoridad designada y prohíbe a los propietarios realizar actos de dominio sobre ellos. Se asegura que los bienes sean administrados adecuadamente durante el proceso penal.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 228 de la CÓDIGO Militar de Procedimientos Penales?

Es importante que los abogados informen a sus clientes sobre la prohibición de actos de dominio. Esto ayuda a evitar complicaciones legales durante el procedimiento.

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