Toda persona o servidor publico esta obligado a proporcionar informacion al Ministerio Publico y Policia ministerial militar, comparecer cuando sean citados para entrevista, salvo excepciones legales, bajo pena de responsabilidad.
Obligación de suministrar información Toda persona o servidor público está obligado a proporcionar oportunamente la información que requieran el Ministerio Público y la Policía ministerial militar en el ejercicio de sus funciones de investigación de un hecho delictivo concreto. En caso de ser citados para ser entrevistados por el Ministerio Público y la Policía ministerial militar, tienen obligación de comparecer y sólo podrán excusarse en los casos expresamente previstos en la ley. En caso de incumplimiento, se incurrirá en responsabilidad y será sancionado de conformidad con las leyes aplicables.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Este articulo crea obligaciones civiles para terceros. Las personas citadas deben cumplir o enfrentar sanciones, aunque existen excepciones que los abogados pueden invocar segun la relacion con el imputado.
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