CMPP

Artículo 195. Revocacion Suspension Condicional

Se revoca si imputado incumple injustificadamente condiciones o plan, o es condenado por delito intencional posterior. Juez puede ampliar plazo hasta dos anos mas. Incumplimiento acarrea restituciones.

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Texto Legal

Revocación de la suspensión condicional del proceso Si el imputado dejara de cumplir injustificadamente las condiciones impuestas, no cumpliera con el plan de reparación, o posteriormente fuera condenado por sentencia ejecutoriada por delito intencional, no intencional o de imprudencia, siempre que el proceso suspendido se refiera a delito de esta naturaleza, el Juez de control, previa petición del agente del Ministerio Público o de la víctima u ofendido, convocará a las partes a una audiencia en la que se debatirá sobre la procedencia de la revocación de la suspensión condicional del proceso, debiendo resolver de inmediato lo que proceda.

El Juez de control también podrá ampliar el plazo de la suspensión condicional del proceso hasta por dos años más. Esta extensión del término podrá imponerse por una sola vez.

Si la víctima u ofendido hubiese recibido pagos durante la suspensión condicional del proceso y ésta en forma posterior fuera revocada, el monto total a que ascendieran dichos pagos deberán ser destinados al pago de la indemnización por daños y perjuicios que en su caso corresponda a la víctima u ofendido.

La obligación de cumplir con las condiciones derivadas de la suspensión condicional del proceso, así como el plazo otorgado para tal efecto se interrumpirán mientras el imputado esté privado de su libertad por otro proceso. Una vez que el imputado obtenga su libertad, éstos se reanudarán.

Si el imputado estuviera sometido a otro proceso y goza de libertad, la obligación de cumplir con las condiciones establecidas para la suspensión condicional del proceso así como el plazo otorgado para tal efecto, continuarán vigentes; sin embargo, no podrá decretarse la extinción de la acción penal hasta en tanto quede firme la resolución que lo exime de responsabilidad dentro del otro proceso.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

La revocacion reactiva el proceso ordinario y elimina beneficio procesal. Los pagos ya realizados se aplican a reparacion, lo que puede dejar pendiente el monto. Defensores deben dar seguimiento estricto al cumplimiento durante todo el plazo.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 195 del CMPP?

Se revoca si imputado incumple injustificadamente condiciones o plan, o es condenado por delito intencional posterior. Juez puede ampliar plazo hasta dos anos mas. Incumplimiento acarrea restituciones.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 195 de la CÓDIGO Militar de Procedimientos Penales?

La revocacion reactiva el proceso ordinario y elimina beneficio procesal. Los pagos ya realizados se aplican a reparacion, lo que puede dejar pendiente el monto. Defensores deben dar seguimiento estricto al cumplimiento durante todo el plazo.

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