Aprobacion por Juez de control desde investigacion complementaria o por Ministerio Publico en investigacion inicial. Requiere verificacion de proporcionalidad de obligaciones y ausencia de intimidacion o coaccion.
Trámite Los acuerdos reparatorios deberán ser aprobados por el Juez de control a partir de la etapa de investigación complementaria y por el Ministerio Publico en la etapa de investigación inicial. En este último supuesto, las partes tendrán derecho a acudir ante el Juez de control, dentro de los cinco días siguientes a que se haya aprobado el acuerdo reparatorio, cuando estimen que el mecanismo alternativo de solución de controversias no se desarrolló conforme a las disposiciones previstas en la ley de la materia. Si el Juez de control determina como válidas las pretensiones de las partes, podrá declarar como no celebrado el acuerdo reparatorio y, en su caso, aprobar la modificación acordada entre las partes.
Previo a la aprobación del acuerdo reparatorio, el Juez de control o el Ministerio Público verificarán que las obligaciones que se contraen no resulten notoriamente desproporcionadas y que los CÓDIGO MILITAR DE PROCEDIMIENTOS PENALES CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 14-11-2025 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios
intervinientes estuvieron en condiciones de igualdad para negociar y que no hayan actuado bajo condiciones de intimidación, amenaza o coacción.
CAPÍTULO III SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO
Interpretación práctica por el equipo de SDV
El control de proporcionalidad por el Juez es una salvaguarda importante. Las partes tienen cinco dias para impugnar aprobacion por Ministerio Publico, lo que permite revision judicial adicional de estos acuerdos.
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