CMPP

Artículo 161. Evaluación de medidas cautelares

Se establece que la evaluación y supervisión de medidas cautelares corresponde a una unidad administrativa, garantizando neutralidad y confidencialidad en el proceso.

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Texto Legal

Evaluación y supervisión de medidas cautelares La evaluación y supervisión de medidas cautelares distintas a la prisión preventiva corresponderá a la unidad administrativa de supervisión de medidas cautelares y de la suspensión condicional del proceso que se regirá por los principios de neutralidad, objetividad, imparcialidad y confidencialidad.

La información que se recabe con motivo de la evaluación de riesgo no puede ser usada para la investigación del delito y no podrá ser proporcionada al Ministerio Público. Lo anterior, salvo que se trate de un delito que está en curso o sea inminente su comisión, y peligre la integridad personal o la vida de una persona, el entrevistador quedará relevado del deber de confidencialidad y podrá darlo a conocer a los agentes encargados de la persecución penal.

Para decidir sobre la necesidad de la imposición o revisión de las medidas cautelares, la unidad administrativa de supervisión de medidas cautelares y de la suspensión condicional del proceso proporcionará a las partes la información necesaria para ello, de modo que puedan hacer la solicitud correspondiente al Órgano jurisdiccional militar.

Para tal efecto, la unidad administrativa de supervisión de medidas cautelares y de la suspensión condicional del proceso, contará con una base de datos para dar seguimiento al cumplimiento de las medidas cautelares distintas a la prisión preventiva. CÓDIGO MILITAR DE PROCEDIMIENTOS PENALES CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 14-11-2025 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios

Las partes podrán obtener la información disponible de la autoridad competente cuando así lo solicite, previo a la audiencia para debatir la solicitud de medida cautelar.

La supervisión de la prisión preventiva quedará a cargo de la autoridad penitenciaria en los términos de la ley de la materia.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Los abogados deben entender cómo se evalúan las medidas cautelares para asesorar adecuadamente a sus clientes sobre sus derechos y opciones.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 161 del CMPP?

Se establece que la evaluación y supervisión de medidas cautelares corresponde a una unidad administrativa, garantizando neutralidad y confidencialidad en el proceso.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 161 de la CÓDIGO Militar de Procedimientos Penales?

Los abogados deben entender cómo se evalúan las medidas cautelares para asesorar adecuadamente a sus clientes sobre sus derechos y opciones.

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