CMPP

Artículo 158. Revision modificacion medidas cautelares

Cuando varian condiciones objetivas que justificaron medida partes solicitan revocacion sustitucion o modificacion. Organo jurisdiccional convoca audiencia para debatir subsistencia de condiciones y necesidad de mantener medida.

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Texto Legal

Revisión de la medida Cuando hayan variado de manera objetiva las condiciones que justificaron la imposición de una medida cautelar, las partes podrán solicitar al Órgano jurisdiccional militar, la revocación, sustitución o modificación de la misma, para lo cual el Órgano jurisdiccional militar citará a todos los intervinientes a una audiencia con el fin de abrir debate sobre la subsistencia de las condiciones o circunstancias que se tomaron en cuenta para imponer la medida y la necesidad, en su caso, de mantenerla y resolver en consecuencia.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Mecanismo flexible de adaptacion procesal. Cambios en circunstancias (empleo ingreso domicilio) pueden justificar revision. Abogados deben documentar cambios objetivos con prueba.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 158 del CMPP?

Cuando varian condiciones objetivas que justificaron medida partes solicitan revocacion sustitucion o modificacion. Organo jurisdiccional convoca audiencia para debatir subsistencia de condiciones y necesidad de mantener medida.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 158 de la CÓDIGO Militar de Procedimientos Penales?

Mecanismo flexible de adaptacion procesal. Cambios en circunstancias (empleo ingreso domicilio) pueden justificar revision. Abogados deben documentar cambios objetivos con prueba.

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