CMPP

Artículo 145. Supuestos flagrancia detenciones

Define flagrancia como detencion en momento de delito o inmediatamente despues, incluyendo persecucion continua o senalamiento por victima testigo con tenencia de instrumentos o indicios del delito.

flagranciadetencionpersecuciontestigoindicios

Texto Legal

Supuestos de flagrancia Se podrá detener a un militar sin orden judicial en caso de flagrancia. Se entiende que hay flagrancia cuando:

I. La persona es detenida en el momento de estar cometiendo un delito, o

II. Inmediatamente después de cometerlo es detenida, en virtud de que:

a) Es sorprendida cometiendo el delito y es perseguida material e ininterrumpidamente, o

b) Cuando la persona sea señalada por la víctima u ofendido, algún testigo presencial de los hechos o quien hubiere intervenido con ella en la comisión del delito y cuando tenga en su

CÓDIGO MILITAR DE PROCEDIMIENTOS PENALES CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 14-11-2025 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios

poder instrumentos, objetos, productos del delito o se cuente con información o indicios que hagan presumir fundadamente que intervino en el mismo.

Para los efectos de la fracción II, inciso b), de este precepto, se considera que un militar ha sido detenido en flagrancia por señalamiento, siempre y cuando, inmediatamente después de cometer el delito no se haya interrumpido su búsqueda o localización.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Definicion fundamental para detenciones sin orden judicial. Criterio clave: continuidad interrumpida en persecucion. Abogados deben revisar tiempo transcurrido entre delito y detencion para validar flagrancia.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 145 del CMPP?

Define flagrancia como detencion en momento de delito o inmediatamente despues, incluyendo persecucion continua o senalamiento por victima testigo con tenencia de instrumentos o indicios del delito.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 145 de la CÓDIGO Militar de Procedimientos Penales?

Definicion fundamental para detenciones sin orden judicial. Criterio clave: continuidad interrumpida en persecucion. Abogados deben revisar tiempo transcurrido entre delito y detencion para validar flagrancia.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 145 del CMPP?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 145 CMPP desde tu celular