CMPP

Artículo 111. Declaracion de persona militar imputada

Autoriza a imputado militar declarar en cualquier etapa del procedimiento ante Ministerio Publico u organo jurisdiccional, asistido por defensor. Si manifiesta a policia deseo de declarar, debe comunicarse a MP para recibir manifestaciones con formalidades legales.

declaracionderecho a declararpoliciaasistencia defensor

Texto Legal

Declaración de la Persona Militar Imputada La persona militar imputada tendrá derecho a declarar durante cualquier etapa del procedimiento. En este caso, podrá hacerlo ante el Ministerio Público o ante el órgano jurisdiccional militar, con pleno respeto a los derechos que lo amparan y en presencia de su persona defensora.

En caso que la persona militar imputada manifieste a la Policía su deseo de declarar sobre los hechos que se investigan, ésta deberá comunicar dicha situación al Ministerio Público para que se reciban sus manifestaciones con las formalidades previstas en este Código. Artículo reformado DOF 16-07-2025

CAPÍTULO IV DEFENSOR

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Derecho continuo en todo el procedimiento. Policia debe intermediar con MP si imputado solicita declarar. Exigencia de asistencia defensor es no derogable para validez procesal.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 111 del CMPP?

Autoriza a imputado militar declarar en cualquier etapa del procedimiento ante Ministerio Publico u organo jurisdiccional, asistido por defensor. Si manifiesta a policia deseo de declarar, debe comunicarse a MP para recibir manifestaciones con formalidades legales.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 111 de la CÓDIGO Militar de Procedimientos Penales?

Derecho continuo en todo el procedimiento. Policia debe intermediar con MP si imputado solicita declarar. Exigencia de asistencia defensor es no derogable para validez procesal.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 111 del CMPP?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 111 CMPP desde tu celular