Define el delito de defraudación fiscal como el uso de engaños o aprovechamiento de errores para omitir total o parcialmente el pago de contribuciones. Establece las penas de prisión graduadas según el monto defraudado, que van de tres meses a nueve años.
El artículo 96 tipifica el delito de defraudación fiscal, piedra angular del derecho penal tributario mexicano, y establece las sanciones aplicables en función de la cuantía del perjuicio al fisco.
Comete el delito de defraudación fiscal quien, con uso de engaños o aprovechamiento de errores, omita total o parcialmente el pago de alguna contribución u obtenga un beneficio indebido con perjuicio del fisco federal. Este delito requiere dolo específico: la intención deliberada de evadir el cumplimiento de las obligaciones fiscales.
Las penas de prisión se gradúan conforme al monto de lo defraudado:
- Tres meses a dos años de prisión, cuando el monto no exceda de ciertos umbrales actualizados
- Dos a cinco años de prisión, cuando el monto exceda los límites del rango anterior pero no rebase el siguiente umbral
- Tres a nueve años de prisión, cuando el monto de lo defraudado sea superior al umbral máximo
Para la configuración del delito se requiere: (a) uso de engaños o aprovechamiento de errores, (b) omisión total o parcial del pago de contribuciones u obtención de un beneficio indebido, (c) perjuicio al fisco federal, y (d) dolo del agente. La ausencia de cualquiera de estos elementos impide la integración del tipo penal.
La defraudación fiscal es el delito tributario por excelencia y constituye la base sobre la cual se construyen las modalidades calificadas y equiparables. Su correcta tipificación y persecución son esenciales para la recaudación tributaria y la equidad del sistema fiscal.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
SDV Asesores: La defraudacion fiscal requiere dolo especifico: el uso de enganos o aprovechamiento de errores para omitir contribuciones. Las penas van de 3 meses a 9 anos segun el monto. Es fundamental que las empresas mantengan registros contables precisos y eviten cualquier practica que pueda interpretarse como manipulacion dolosa de informacion fiscal.
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