Establece los montos de las multas aplicables por no cumplir con resoluciones o sentencias fiscales conforme al artículo 91-A, con sanciones que buscan garantizar la efectividad de las decisiones de las autoridades y tribunales fiscales.
A quienes cometan las infracciones señaladas en el artículo 91-A de este Código, se les impondrán las siguientes multas:
De $100,580 a $200,090 a las comprendidas en la fracción I del artículo 91-A, por cada resolución incumplida. La multa se duplicará por cada mes que persista el incumplimiento.
De $50,000 a $100,000 a las comprendidas en la fracción II del artículo 91-A, además de la obligación de completar el cumplimiento.
De $150,000 a $300,000 a las comprendidas en la fracción III del artículo 91-A, dado que la obstrucción al cumplimiento de resoluciones constituye un atentado contra el Estado de Derecho.
De $10,000 a $30,000 a las comprendidas en la fracción IV del artículo 91-A, por cada omisión de informe de cumplimiento.
Adicionalmente a las multas, las autoridades podrán aplicar las medidas de apremio previstas en el artículo 40 de este Código para asegurar el cumplimiento efectivo de las resoluciones o sentencias.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
SDV Asesores: Las multas por incumplir resoluciones fiscales van de $100,580 a $200,090 y se duplican por cada mes de incumplimiento. Obstruir el cumplimiento cuesta de $150,000 a $300,000. Ademas de las multas, la autoridad puede aplicar medidas de apremio. Cumplir oportunamente con resoluciones y sentencias evita la acumulacion exponencial de sanciones.
Art. 40. Medidas de apremio
Establece las medidas de apremio que las autoridades fiscales pueden emplear cuando los contribuyentes, responsables solidarios o terceros impidan el ejercicio de sus facultades, incluyendo el aseguramiento precautorio de bienes.
Art. 91-A. Infracciones por incumplir resoluciones o sentencias fiscales
Establece las infracciones en que incurren los contribuyentes, autoridades o terceros que no cumplan con las resoluciones o sentencias emitidas por los tribunales en materia fiscal, o que no acaten las órdenes de las autoridades administrativas.
Anterior
Art. 91-A. Infracciones por incumplir resoluciones o sentencias fiscales
Siguiente
Art. 91-C. Infracciones en materia de comercio digital y plataformas tecnológicas
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
Consulta Sin Costo