CFF

Artículo 84-H. Multas por infracciones de centros cambiarios

Establece los montos de las multas aplicables a los centros cambiarios y transmisores de dinero que incurran en las infracciones del artículo 84-G, con sanciones que reflejan la importancia del control de operaciones de cambio.

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Texto Legal

Artículo 84-H — Multas por Infracciones de Centros Cambiarios

A quienes cometan las infracciones señaladas en el artículo 84-G de este Código, se les impondrán las siguientes multas:

I. No verificar datos

De $300,000 a $600,000 a las comprendidas en la fracción I del artículo 84-G, por cada operación respecto de la cual no se verificó la identidad del cliente.

II. No conservar información

De $100,000 a $300,000 a las comprendidas en la fracción II del artículo 84-G.

III. No reportar operaciones

De $500,000 a $1,000,000 a las comprendidas en la fracción III del artículo 84-G, dada la gravedad de no reportar operaciones que pueden estar vinculadas al lavado de dinero.

IV. No cumplir con registro

De $200,000 a $400,000 a las comprendidas en la fracción IV del artículo 84-G, por operar sin el registro correspondiente.

Clausura

Adicionalmente, las autoridades fiscales podrán ordenar la clausura del centro cambiario o transmisor de dinero que opere sin el registro correspondiente o que incurra reiteradamente en estas infracciones.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

SDV Asesores: Las multas para centros cambiarios son muy severas: no reportar operaciones inusuales cuesta entre $500,000 y $1,000,000, y no verificar datos de clientes entre $300,000 y $600,000. Ademas de las multas, las autoridades pueden ordenar la clausura del centro cambiario. Implementar protocolos de debida diligencia es indispensable para operar legalmente.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 84-H del CFF?

Establece los montos de las multas aplicables a los centros cambiarios y transmisores de dinero que incurran en las infracciones del artículo 84-G, con sanciones que reflejan la importancia del control de operaciones de cambio.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 84-H de la Código Fiscal?

SDV Asesores: Las multas para centros cambiarios son muy severas: no reportar operaciones inusuales cuesta entre $500,000 y $1,000,000, y no verificar datos de clientes entre $300,000 y $600,000. Ademas de las multas, las autoridades pueden ordenar la clausura del centro cambiario. Implementar protocolos de debida diligencia es indispensable para operar legalmente.

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