CFF

Artículo 41-B. Requerimiento de cumplimiento de obligaciones

Faculta a las autoridades fiscales para requerir a los contribuyentes la presentación de declaraciones, avisos o documentos cuando detecten omisiones o irregularidades. Establece el procedimiento y las consecuencias del incumplimiento al requerimiento.

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Texto Legal

Artículo 41-B — Requerimiento de Cumplimiento

Las autoridades fiscales podrán requerir a los contribuyentes, responsables solidarios o terceros con ellos relacionados, para que cumplan con la obligación de presentar declaraciones, solicitudes, avisos o expidan constancias, cuando detecten omisiones en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales.

Procedimiento de requerimiento

La autoridad fiscal emitirá un requerimiento por escrito en el que señale las obligaciones omitidas y otorgará un plazo para su cumplimiento. El requerimiento deberá cumplir con los requisitos de fundamentación y motivación, indicando de manera precisa la obligación incumplida.

Consecuencias del incumplimiento

En caso de no atender el requerimiento, la autoridad podrá hacer efectiva la cantidad determinada provisionalmente como contribución omitida, imponer las multas correspondientes e incluso aplicar las medidas de apremio previstas en el Código, incluyendo el aseguramiento precautorio.

Vinculación con otros procedimientos

Este artículo se relaciona con las facultades de verificación y vigilancia del cumplimiento de obligaciones fiscales, sin que constituya en sí mismo el inicio de las facultades de comprobación previstas en el artículo 42 del CFF. Es una medida previa y menos invasiva que una auditoría formal.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

SDV Asesores: El requerimiento de cumplimiento del articulo 41-B es una medida previa a la auditoria formal y no constituye inicio de facultades de comprobacion. Los contribuyentes deben atender estos requerimientos oportunamente para evitar la determinacion provisional de contribuciones omitidas, multas y posibles medidas de apremio como el aseguramiento precautorio de bienes.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 41-B del CFF?

Faculta a las autoridades fiscales para requerir a los contribuyentes la presentación de declaraciones, avisos o documentos cuando detecten omisiones o irregularidades. Establece el procedimiento y las consecuencias del incumplimiento al requerimiento.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 41-B de la Código Fiscal?

SDV Asesores: El requerimiento de cumplimiento del articulo 41-B es una medida previa a la auditoria formal y no constituye inicio de facultades de comprobacion. Los contribuyentes deben atender estos requerimientos oportunamente para evitar la determinacion provisional de contribuciones omitidas, multas y posibles medidas de apremio como el aseguramiento precautorio de bienes.

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