Establece la obligación de los contribuyentes de conservar los comprobantes fiscales digitales por Internet (CFDI) que emitan y reciban, así como los plazos y medios de conservación autorizados por el SAT.
Los contribuyentes deberán conservar los comprobantes fiscales digitales por Internet (CFDI) que expidan y reciban durante el plazo que establezcan las disposiciones fiscales. La conservación deberá realizarse en el formato electrónico XML en que fueron generados.
Los CFDI deberán conservarse durante todo el tiempo en que subsista la obligación del contribuyente y, una vez finalizada esta, durante un periodo adicional de cinco años conforme a las reglas generales de conservación de la contabilidad.
Los CFDI podrán conservarse en medios electrónicos, incluyendo almacenamiento en la nube, discos duros, servidores o cualquier otro medio que permita garantizar la integridad, accesibilidad y legibilidad de los comprobantes durante el plazo de conservación.
Los contribuyentes deberán estar en posibilidad de verificar la autenticidad de los CFDI recibidos consultando la base de datos del SAT. No se deberán deducir ni acreditar fiscalmente los comprobantes que no sean verificables o que se encuentren cancelados.
Además de la conservación del archivo XML, los contribuyentes podrán conservar la representación impresa del CFDI, aunque esta no sustituye la obligación de conservar el archivo digital original.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
SDV Asesores: Los CFDI deben conservarse en formato XML durante todo el tiempo que subsista la obligacion fiscal mas cinco anos adicionales. No basta con conservar la representacion impresa del comprobante. Antes de deducir o acreditar cualquier CFDI, se recomienda verificar su autenticidad y estatus de vigencia en el portal del SAT para evitar utilizar comprobantes cancelados.
Anterior
Art. 32-E. Reporte de préstamos, donativos y premios
Siguiente
Art. 32-G. Obligaciones de información de entidades gubernamentales
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
Consulta Sin Costo