CFF

Artículo 26. Responsabilidad solidaria

Establece quienes son responsables solidarios en el cumplimiento de obligaciones fiscales, incluyendo retenedores, liquidadores, representantes legales, socios, padres y tutores, entre otros.

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Texto Legal

Articulo 26 — Responsables Solidarios

Son responsables solidarios con los contribuyentes:

I. Retenedores y recaudadores

Los retenedores y las personas a quienes las leyes impongan la obligacion de recaudar contribuciones a cargo de los contribuyentes, hasta por el monto de dichas contribuciones.

II. Obligados a efectuar pagos provisionales

Las personas que esten obligadas a efectuar pagos provisionales por cuenta del contribuyente, hasta por el monto de estos pagos.

III. Liquidadores y sindicos

Los liquidadores y sindicos por las contribuciones que debieron pagar a cargo de la sociedad en liquidacion o quiebra, asi como de aquellas que se causaron durante su gestion.

IV. Directores, gerentes y representantes

Los directores generales, gerentes generales o el administrador unico de las personas morales, por las contribuciones causadas o no retenidas por dichas personas morales durante su gestion, asi como por las que debieron pagarse o enterarse durante la misma.

V. Adquirentes de negociaciones

Los adquirentes de negociaciones, respecto de las contribuciones que se hubieran causado en relacion con las actividades realizadas en la negociacion, cuando pertenecia a otra persona, sin que la responsabilidad exceda del valor de la negociacion.

VII. Socios y accionistas

Los socios o accionistas, respecto de las contribuciones que se hubieran causado en relacion con las actividades realizadas por la sociedad cuando tenian tal calidad, en la parte del interes fiscal que no alcance a ser garantizada con los bienes de la misma.

X. Representantes de residentes en el extranjero

Los representantes, sea cual fuere el nombre con que se les designe, de residentes en el extranjero con establecimiento permanente en el pais, hasta por el monto de las contribuciones que se hubieran causado.

Limite de la responsabilidad

La responsabilidad solidaria comprende los accesorios, con excepcion de las multas. Lo dispuesto en este parrafo no sera aplicable a los retenedores.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

SDV Asesores: La responsabilidad solidaria es una de las herramientas mas agresivas del SAT para cobrar creditos fiscales. Los representantes legales, directores y socios deben estar conscientes de que su patrimonio personal puede verse comprometido por adeudos de la empresa. Es fundamental documentar adecuadamente la gestion y tomar precauciones al aceptar cargos en consejos de administracion o al adquirir negociaciones.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 26 del CFF?

Establece quienes son responsables solidarios en el cumplimiento de obligaciones fiscales, incluyendo retenedores, liquidadores, representantes legales, socios, padres y tutores, entre otros.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 26 de la Código Fiscal?

SDV Asesores: La responsabilidad solidaria es una de las herramientas mas agresivas del SAT para cobrar creditos fiscales. Los representantes legales, directores y socios deben estar conscientes de que su patrimonio personal puede verse comprometido por adeudos de la empresa. Es fundamental documentar adecuadamente la gestion y tomar precauciones al aceptar cargos en consejos de administracion o al adquirir negociaciones.

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