Establece los requisitos que deben cumplir las personas que deseen participar como postores en la subasta de bienes embargados, incluyendo la exhibición de un depósito previo y la acreditación de personalidad jurídica.
Para participar como postor en la subasta de bienes embargados, se deberá cumplir con los siguientes requisitos:
- Identificarse debidamente ante la autoridad que presida el remate.
- Exhibir certificado de depósito por el monto requerido como garantía de seriedad de la postura.
- No tener impedimento legal para adquirir bienes (como ser servidor público involucrado en el procedimiento, interventor, depositario, etc.).
- Registrarse en el sistema electrónico de subastas del SAT cuando la subasta sea por medios electrónicos.
No podrán participar como postores:
- Los servidores públicos que hayan intervenido en el procedimiento.
- Los depositarios e interventores de los bienes embargados.
- Los valuadores que hayan practicado el avalúo.
- Los familiares de las personas señaladas en los puntos anteriores hasta el cuarto grado.
Los depósitos de los postores que no resulten adjudicatarios les serán devueltos dentro de los tres días siguientes a la conclusión de la subasta.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
SDV Asesores: No pueden ser postores los servidores publicos que intervinieron, los depositarios, interventores, valuadores ni sus familiares hasta el cuarto grado. Los depositos de postores no ganadores se devuelven en 3 dias. Para participar en subastas electronicas se requiere registro previo en el sistema del SAT.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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