CFF

Artículo 17-D. Documentos digitales y firma electronica avanzada

Regula el uso de documentos digitales, la firma electronica avanzada (e.firma) y los certificados de sello digital como medios de autenticacion en tramites fiscales ante el SAT.

firma-electronicaefirmacertificado-digitaldocumentos-digitalessatdisposiciones-generales

Texto Legal

Articulo 17-D — Documentos Digitales y Firma Electronica Avanzada

Cuando las disposiciones fiscales obliguen a presentar documentos, estos deberan ser digitales y contener una firma electronica avanzada del autor, salvo los casos que establezcan una regla diferente. Para ello, deberan contar con un certificado que confirme el vinculo entre un firmante y los datos de creacion de firma electronica avanzada.

Firma electronica avanzada (e.firma)

La e.firma es el conjunto de datos y caracteres que permite la identificacion del firmante, que ha sido creada por medios electronicos bajo su exclusivo control, de manera que esta vinculada unicamente al mismo y a los datos a que se refiere, lo que permite que sea detectable cualquier modificacion ulterior de estos.

Certificado de la e.firma

Para obtener un certificado de firma electronica avanzada, los contribuyentes deberan acudir personalmente ante el SAT y cumplir con los requisitos establecidos en las reglas de caracter general. Los datos de identidad que se proporcionen seran verificados por el SAT.

Representacion legal

En el caso de personas morales, la solicitud de certificado debera ser formulada por el representante legal que acredite su personalidad.

Validez juridica

Los documentos digitales con firma electronica avanzada produciran los mismos efectos juridicos que los documentos firmados de manera autografa, y seran admisibles como prueba en juicio.

Obligaciones del titular

El titular de un certificado de firma electronica avanzada estara obligado a mantener bajo su estricto y exclusivo control los datos de creacion de su firma electronica avanzada.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

SDV Asesores: La e.firma es la llave maestra del contribuyente ante el SAT. Sin ella, practicamente no se puede realizar ningun tramite fiscal relevante: declaraciones, facturacion, devoluciones, entre otros. Es fundamental renovarla antes de su vencimiento (cada 4 anos) y proteger el archivo .key, ya que quien tenga acceso a la e.firma puede actuar en nombre del contribuyente con plenos efectos legales.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 17-D del CFF?

Regula el uso de documentos digitales, la firma electronica avanzada (e.firma) y los certificados de sello digital como medios de autenticacion en tramites fiscales ante el SAT.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 17-D de la Código Fiscal?

SDV Asesores: La e.firma es la llave maestra del contribuyente ante el SAT. Sin ella, practicamente no se puede realizar ningun tramite fiscal relevante: declaraciones, facturacion, devoluciones, entre otros. Es fundamental renovarla antes de su vencimiento (cada 4 anos) y proteger el archivo .key, ya que quien tenga acceso a la e.firma puede actuar en nombre del contribuyente con plenos efectos legales.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 17-D del CFF?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 17-D CFF desde tu celular