CFF

Artículo 15-B. Inversiones: activos fijos, gastos y cargos diferidos

Define los conceptos de inversiones para efectos fiscales, incluyendo activos fijos, gastos diferidos, cargos diferidos y erogaciones en periodos preoperativos. Establece las características esenciales de cada tipo de inversión.

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Texto Legal

Artículo 15-B — Definición de Inversiones

Se consideran inversiones los activos fijos, los gastos diferidos, los cargos diferidos y las erogaciones realizadas en periodos preoperativos, de conformidad con las siguientes definiciones:

Activo fijo

Es el conjunto de bienes tangibles que utilicen los contribuyentes para la realización de sus actividades y que se demeriten por el uso en el servicio del contribuyente y por el transcurso del tiempo. La adquisición o fabricación de estos bienes tendrá siempre como finalidad la utilización de los mismos para el desarrollo de las actividades del contribuyente, y no la de ser enajenados dentro del curso normal de sus operaciones.

Gastos diferidos

Son los activos intangibles representados por bienes o derechos que permitan reducir costos de operación, mejorar la calidad o aceptación de un producto, usar, disfrutar o explotar un bien, por un periodo limitado, inferior a la duración de la actividad de la persona moral. También se consideran gastos diferidos las actividades de investigación y desarrollo de tecnología.

Cargos diferidos

Son aquellos que reúnan los requisitos señalados para los gastos diferidos, excepto los relativos a la explotación de bienes del dominio público o a la prestación de un servicio público concesionado, pero cuyo beneficio sea por un periodo ilimitado que dependerá de la duración de la actividad de la persona moral.

Erogaciones en periodos preoperativos

Son aquellas que tienen por objeto la investigación y el desarrollo, relacionados con el diseño, elaboración, mejoramiento, empaque o distribución de un producto, así como con la prestación de un servicio, siempre que las erogaciones se efectúen antes de que el contribuyente enajene sus productos o preste sus servicios en forma constante.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

SDV Asesores: Es fundamental que los contribuyentes clasifiquen correctamente sus inversiones entre activos fijos, gastos diferidos, cargos diferidos y erogaciones preoperativas, ya que cada categoria tiene porcentajes y reglas de deduccion distintas. Una clasificacion incorrecta puede resultar en deducciones improcedentes que generen diferencias en auditorias fiscales.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 15-B del CFF?

Define los conceptos de inversiones para efectos fiscales, incluyendo activos fijos, gastos diferidos, cargos diferidos y erogaciones en periodos preoperativos. Establece las características esenciales de cada tipo de inversión.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 15-B de la Código Fiscal?

SDV Asesores: Es fundamental que los contribuyentes clasifiquen correctamente sus inversiones entre activos fijos, gastos diferidos, cargos diferidos y erogaciones preoperativas, ya que cada categoria tiene porcentajes y reglas de deduccion distintas. Una clasificacion incorrecta puede resultar en deducciones improcedentes que generen diferencias en auditorias fiscales.

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