El tribunal de homologacion resuelve todos los temas de embargo, secuestro, avaluo, remate y liquidacion de la sentencia extranjera. Los fondos del remate quedan a disposicion del juez extranjero.
Todas las cuestiones relativas a embargo, secuestro, depositaría, avalúo, remate y demás relacionadas con la liquidación y ejecución coactiva de sentencia dictada por tribunal extranjero, serán resueltas por el tribunal de la homologación.
La distribución de los fondos resultantes del remate quedará a disposición del juez sentenciador extranjero. Artículo adicionado DOF 12-01-1988
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Una vez homologada la sentencia, el proceso de ejecucion sigue las reglas mexicanas de amparo, embargo y remate. Tenga en cuenta que los fondos obtenidos se entregan al tribunal extranjero, no directamente al acreedor.
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