La demanda de ejecucion debe cumplir con los requisitos del Titulo Primero Capitulo I, a menos que exista sentencia anterior ejecutoria en cuyo caso solo se solicita la ejecucion. Los requisitos son distintos segun sea demanda inicial o ejecucion de sentencia.
La demanda de ejecución debe llenar los requisitos establecidos por el Título Primero, Capítulo I, de este Libro, a no ser que exista sentencia anterior ejecutoria, caso en el cual sólo se pedirá que se ejecute.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Distingue dos escenarios: si es la primera demanda, debe cumplir todos los requisitos formales; si es ejecucion de sentencia ya ejecutoriada, el tramite es mas expedito. Esto agiliza los procesos de cobro.
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Art. 399. Prohibicion de medidas no autorizadas
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Art. 401. Auto de requerimiento al deudor
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