CFPC

Artículo 374. Continuacion parcial del proceso

Si la caducidad no comprende todas las cuestiones litigiosas, el proceso continua para la resolucion de las cuestiones restantes que no fueron objeto de la caducidad.

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Texto Legal

Si, en los casos de las fracciones I a III, no se comprenden todas las cuestiones litigiosas para cuya resolución se haya abierto el proceso, éste continuará solamente para la decisión de las cuestiones restantes. Fe de erratas al artículo DOF 13-03-1943

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Este articulo permite que parte del proceso continua si la caducidad solo afecta algunas cuestiones. Es importante identificar claramente cuales materias caducan y cuales permanecen vigentes para evitar vulneraciones de derechos.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 374 del CFPC?

Si la caducidad no comprende todas las cuestiones litigiosas, el proceso continua para la resolucion de las cuestiones restantes que no fueron objeto de la caducidad.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 374 de la CÓDIGO de Procedimientos Civiles?

Este articulo permite que parte del proceso continua si la caducidad solo afecta algunas cuestiones. Es importante identificar claramente cuales materias caducan y cuales permanecen vigentes para evitar vulneraciones de derechos.

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