El artículo 83 establece las funciones del Ministerio Público Militar, incluyendo la vigilancia del respeto a los derechos humanos y la conducción de investigaciones de delitos. Este marco normativo es fundamental para garantizar la legalidad en el ámbito militar.
Las funciones del Ministerio Público Militar, son las siguientes: Párrafo reformado DOF 16-07-2025
CÓDIGO DE JUSTICIA MILITAR CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 16-07-2025 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios
XI.- Solicitar a la o al Fiscal General o Fiscal General Adjunto, que requiera a los concesionarios o permisionarios o comercializadoras del servicio de telecomunicaciones o comunicación vía satélite, la localización geográfica en tiempo real de los equipos de comunicación móvil asociados a una línea que se encuentren relacionados con los hechos que se investigan, probablemente cometidos por personal militar exclusivamente en el ámbito de competencia de la Jurisdicción Militar; Fracción reformada DOF 16-07-2025
XII.- Gestionar en coordinación con la Policía Ministerial Militar la autorización de la o del Fiscal General o Fiscal General Adjunto, para realizar dentro de la investigación la entrega vigilada y las operaciones encubiertas; Fracción reformada DOF 16-07-2025
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XIII.- Solicitar a la o al Fiscal General o Fiscal General Adjunto, que requiera a los concesionarios o permisionarios o comercializadoras del servicio de telecomunicaciones o comunicación vía satélite, la localización geográfica en tiempo real de los equipos de comunicación móvil asociados a una línea que se encuentren relacionados con los hechos que se investigan, probablemente cometidos por personal militar, exclusivamente en el ámbito de competencia de la justicia militar; Fracción declarada inválida por sentencia de la SCJN a Acción de Inconstitucionalidad notificada para efectos legales 19-04-2023 y publicada DOF 05-09-2023 Fracción reformada DOF 16-07-2025
XV.- Proporcionar información veraz sobre los hechos, sobre los hallazgos en la investigación al personal militar imputado o su defensa y la víctima u ofendido, sin ocultar elemento alguno que pudiera resultar favorable para la posición que ellos asuman, salvo aquellos que deban mantenerse en reserva previa autorización de la Persona Juzgadora Militar de Control y en su caso efectuar el descubrimiento probatorio en el momento procesal oportuno; Fracción reformada DOF 16-07-2025
XVII.- Ordenar la detención y la retención de las personas militares imputadas cuando resulte procedente en los términos que establece este Código; Fracción reformada DOF 16-07-2025
XVIII.- Solicitar al personal militar la aportación voluntaria de muestras de fluido corporal, vello o cabello, exámenes corporales de carácter biológico, extracciones de sangre u otros análogos, así como que se le permita obtener imágenes internas o externas de alguna parte del cuerpo, siempre que no implique riesgos para la salud y la dignidad de la persona, debiendo constar el registro correspondiente de su consentimiento y en caso de negativa solicitar a la Persona Juzgadora Militar de Control la autorización para su obtención; Fracción reformada DOF 16-07-2025
XIX.- Brindar las medidas de seguridad necesarias, a efecto de garantizar que las víctimas u ofendidos o testigos del delito puedan llevar a cabo la identificación del personal militar imputado, sin riesgo para ellos; Fracción reformada DOF 16-07-2025
XX.- Determinar el archivo temporal y el no ejercicio de la acción penal, así como ejercer la facultad de no investigar en los casos autorizados por el Código Militar de Procedimientos Penales, sometiéndola a consideración de la o del Fiscal General; Fracción reformada DOF 16-07-2025
XXI.- Aplicar los criterios de oportunidad con autorización de la o del Fiscal General o Fiscal General Adjunto; Fracción reformada DOF 16-07-2025
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XXIV.- Canalizar a menores de edad, personas con discapacidad, o adultos mayores que dependan del personal militar imputado a instituciones de asistencia social, cuando no haya personas que puedan hacerse cargo de su cuidado; Fracción reformada DOF 16-07-2025
XXVI.- Desistirse de la acción penal, con autorización de la o del Fiscal General o Fiscal General Adjunto; Fracción reformada DOF 16-07-2025
XXVII.- Solicitar a la Persona Juzgadora Militar de Control las órdenes de aprehensión, comparecencia o citatorio cuando pretenda formular la imputación; Fracción reformada DOF 16-07-2025
XXIX.- Solicitar a la Persona Juzgadora Militar de Control la cancelación de las órdenes de aprehensión con autorización de la o del Fiscal General o Fiscal General Adjunto; Fracción reformada DOF 16-07-2025
XXXI.- Solicitar a la Persona Juzgadora Militar de Control la no imposición de la prisión oficiosa pidiendo su sustitución por otra medida cautelar con autorización del Fiscal General o Fiscal General Adjunto; Fracción reformada DOF 16-07-2025
XXXIV.- Solicitar a la Persona Juzgadora Militar de Control las providencias precautorias; Fracción reformada DOF 16-07-2025
XXXV.- Decretar las medidas de protección y solicitar su ratificación ante la Persona Juzgadora Militar de Control; Fracción reformada DOF 16-07-2025
XXXVI.- Solicitar las medidas cautelares aplicables al personal militar imputado en el proceso, en atención a las disposiciones conducentes y promover su cumplimiento;
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Fracción reformada DOF 16-07-2025
XXXVIII.- Comunicar al Órgano jurisdiccional militar y al personal militar imputado los hechos, así como los datos de prueba que los sustentan y la fundamentación jurídica, atendiendo al objetivo o finalidad de cada etapa del procedimiento; Fracción reformada DOF 16-07-2025
XLVIII.- Efectuar el registro del personal militar detenido y puesto a su disposición en relación a la integración de carpetas de investigación, así como atender las solicitudes de información sobre dicho registro; Fracción reformada DOF 16-07-2025
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LI.- Intervenir en los incidentes relativos a la ejecución, sustitución, modificación o extinción de las penas o medidas de seguridad, así como en el otorgamiento de beneficios preliberacionales y demás actos en que se requiera ante la Persona Juzgadora de Ejecución, y Fracción reformada DOF 16-07-2025
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Es crucial que los abogados y contadores conozcan las funciones del Ministerio Público Militar para asesorar adecuadamente a sus clientes en casos relacionados con el ámbito militar. La correcta aplicación de estos principios puede influir en el resultado de las investigaciones.
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