Son atribuciones y deberes de los Fiscales Militares:
I.Transmitir al personal a su cargo las órdenes, directivas, acuerdos, circulares, instructivos, protocolos y demás disposiciones emitidas por el Fiscal General;
II.Coordinar y supervisar el correcto desempeño del personal bajo su responsabilidad;
III.Representar en el ámbito de su competencia a la Fiscalía General, ante las autoridades administrativas, ministeriales y judiciales, en los casos que legalmente se requiera;
IV.Supervisar que los asuntos de su competencia se atiendan en tiempo y forma en cumplimiento a los ordenamientos legales y a las disposiciones que resulten aplicables;
V.Dirigir las actividades encomendadas a su cargo, supervisando las funciones que les correspondan a las áreas que les dependan;
VI.Establecer mecanismos de coordinación con otras áreas de la Fiscalía General, para el eficiente cumplimiento de sus funciones;
VII.Mantener coordinación con los órganos de investigación del delito a nivel Federal, de la Ciudad de México y de los Estados, para la obtención de documentación, información, colaboración y apoyo necesario para el cumplimiento de sus funciones;
VIII.Recibir en acuerdo a las áreas que le dependan;
IX.Supervisar la actualización de las bases de datos correspondientes a las áreas de su responsabilidad;
X.Atender los requerimientos que formulen las autoridades Judiciales, Ministeriales, de particulares y otras instituciones;
XI.Formular propuestas de cambio de personal de su adscripción para el buen funcionamiento de la Fiscalía de su responsabilidad;
XII.Acordar los asuntos de su competencia con el Fiscal General o el Fiscal General Adjunto, según corresponda;
XIII.Las demás que les confieran las Leyes y Reglamentos Militares o el Fiscal General. Artículo reformado DOF 16-05-2016